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Si usted o un ser querido se encuentran con funcionarios de inmigración, es fundamental que conozca sus derechos y tenga preparado su hogar para todos los posibles desenlaces.

Conozca sus derechos

  • Solicite que le muestren una orden judicial: la Cuarta Enmienda de la Constitución protege a todas las personas contra registros e incautaciones irrazonables. El Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (Immigration and Customs Enforcement, ICE) necesita tener una orden judicial firmada por un juez para poder ingresar en su hogar o buscar entre sus pertenencias. No tiene que abrir la puerta hasta que vea la orden. Si entran a su hogar sin una, puede solicitarles que abandonen la vivienda y decirles que no da su consentimiento para que registren el hogar.
  • Su derecho a permanecer en silencio: Si no puede alejarse de los funcionarios del ICE, la Quinta Enmienda protege su derecho a permanecer en silencio y a no incriminarse. No está obligado(a) a compartir su información personal como el lugar de nacimiento, estado migratorio o antecedentes penales si se lo piden, pero no puede mentir ni compartir documentación falsa.
  • Siempre consulte a un abogado: no tiene que firmar nada o entregar a los funcionarios ningún documento sin antes hablar con un abogado.

Cree un plan para encuentros con el ICE

  • En caso de que se encuentre con funcionarios de inmigración, haga un plan con su familia o miembros de su hogar con antelación y cree un plan de atención de emergencia para cualquier dependiente.
  • Asegúrese de tener consigo copias de sus documentos de identificación importantes y guarde los originales en un lugar seguro. Asegúrese de que su familia conozca dónde están y tenga acceso a ellos.
  • Escriba y memorice la información de contacto de emergencia, como la de sus familiares o la de un abogado, y asegúrese de que todos en su hogar hagan lo mismo.
  • Memorice su número de migración (número A o número de registro extranjero) y compártalo con su familia. Si lo(a) detienen, esto ayudará a que sus familiares lo(a) encuentren.
  • Familiarícese con los funcionarios locales y guarde una declaración firmada de exención de privacidad del Departamento de Servicios Humanos (Department of Human Services, DHS) que autorice a cualquier funcionario a abogar en su nombre sin que lo(a) pongan en riesgo.
  • Si le niegan la libertad después de que lo(a) arresten por una infracción migratoria, solicite una audiencia de fianza ante un juez de inmigración.

Si cree que sus derechos fueron vulnerados

  • Escriba todo lo que recuerde, incluidos números de placa y números de patrulla, la agencia a la que pertenecen los funcionarios y la información de contacto de los(as) testigos.
  • Si sufrió una lesión, busque atención médica de inmediato y documente las lesiones.
  • Presente un reclamo por escrito ante la división de asuntos internos o la junta civil de reclamos de la agencia. 

Recursos legales gratuitos o asequibles

  • La Oficina de Justicia Civil de Nueva York y la Oficina de Asuntos Migratorios del Alcalde (Mayor’s Office of Immigrant Affairs, MOIA) apoyan una variedad de servicios de inmigración legales y gratuitos a través de organizaciones legales locales sin fines de lucro. Para acceder a estos recursos, marque 311 y diga “Action NYC”, llame a la línea directa de atención legal para inmigrantes al 800-354-0365, de lunes a viernes, de 9:00 a. m. a 6:00 p. m., o visite el sitio web de la MOIA.
  • El Departamento de Justicia de los Estados Unidos ofrece en su sitio web una lista de proveedores de servicios legales pro bono (servicios legales gratuitos).
  • La Red de Abogados de Inmigración mantiene un directorio de servicios legales nacionales de inmigración que tiene muchos recursos específicamente para los residentes de Nueva York.